El Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe convocó nuevamente a Rocío Solís a Junta de Salud Escolar y, con los mismos criterios administrativos que hace poco más de un año habían sido utilizados para revocarle las tareas diferentes provisorias, ahora dictaminó tareas diferentes definitivas.
La decisión administrativa confirma, en los hechos, aquello que Rocío venía sosteniendo desde el inicio: su situación de salud y la condición de su hijo Iván exigían una respuesta seria, razonable y compatible con el derecho al cuidado.
Sin embargo, este reconocimiento no borra el recorrido judicial. Rocío tuvo que promover una acción de amparo, obtener sentencia favorable en primera instancia y luego una confirmación de la Cámara Laboral, que reconoció la vulneración de derechos fundamentales. A pesar de ello, Fiscalía de Estado continuó impugnando la decisión mediante el planteo de inconstitucionalidad, llevó el conflicto hasta la Corte Suprema provincial y obligó a la actora a adecuar su reclamo al procedimiento contencioso administrativo de la Ley 11.330, solicitando además una medida cautelar para preservar la protección ya reconocida.
Por eso, la noticia debe ser leída con precisión: hay un avance administrativo importante, pero no hay cierre del conflicto judicial.
Rocío obtuvo hoy una respuesta que nunca debió demorar tanto. El problema es que para llegar a este punto tuvo que atravesar un proceso judicial prolongado, desgastante y todavía inconcluso, mientras sostenía su salud, su trabajo y el cuidado permanente de su hijo con discapacidad.
