Cuando el poder busca enemigos

Defensa independiente, disciplinamiento social y límites constitucionales frente al avance inquisitivo del Estado.
Cuando los controles institucionales se debilitan, el poder tiende a desplazar el conflicto hacia personas concretas: profesionales, comerciantes, empresarios, empleados públicos, abogados o ciudadanos que reclaman. Frente a esa lógica, la defensa jurídica independiente no actúa como oposición política: cumple una función republicana elemental. Pone límites.

Cuando el poder busca enemigos

No somos enemigos. Somos límites.
Cuando el poder reemplaza la prueba por sospecha, el procedimiento por escarmiento y la crítica por difamación, la defensa independiente se vuelve una necesidad republicana.
Frente al inquisitivismo estatal, nuestra respuesta será el Derecho.

En una República, el poder público no puede actuar como dueño de la verdad, de la moral ni de la reputación de las personas. Su autoridad no nace de la intimidación, sino de la Constitución, de la ley, del procedimiento y de la prueba. Cuando abandona esos límites, deja de gobernar jurídicamente y empieza a administrar escarmientos.
La Constitución de 1853 no fue pensada para decorar discursos oficiales. Fue concebida como una arquitectura de límites frente al poder. Su núcleo liberal, republicano y humanista parte de una idea sencilla y profunda: la persona no pertenece al Estado. El ciudadano no es material disponible para operaciones de disciplinamiento, ni el profesional independiente puede ser convertido en enemigo público por ejercer su oficio con autonomía.
En los últimos tiempos se observa una práctica cada vez más extendida: frente a reclamos, defensas, cuestionamientos o resistencias legítimas, la respuesta no siempre llega por vías institucionales. A veces aparece bajo la forma de campañas laterales, recortes maliciosos, publicaciones fragmentadas, imputaciones deformadas, señalamientos personales y operaciones destinadas a sustituir el análisis jurídico por impacto emocional.
No se discuten expedientes. Se fabrican etiquetas. No se examinan resoluciones. Se instalan consignas. No se responde con fundamentos. Se busca degradar a la persona.
Ese método tiene una matriz profundamente inquisitiva. Primero se señala. Luego se deslegitima. Después se pretende que el señalado deba justificar su existencia pública. La prueba queda desplazada. El procedimiento incomoda. La defensa molesta. La reputación se transforma en territorio de castigo.
El problema no es sólo personal. Es institucional.
Cuando la oposición política aparece debilitada, pasiva o casi inexistente, el poder corre el riesgo de buscar enemigos sustitutos fuera del sistema formal de control: el ciudadano que reclama, el abogado que defiende, el profesional que cuestiona, el empresario que resiste, el comerciante que exige reglas claras o el empleado público que no acepta mansamente una arbitrariedad. Allí el conflicto democrático deja de tramitarse entre poderes, partidos e instituciones, y empieza a desplazarse hacia individuos concretos.
Esa sustitución es grave. Porque cuando el poder no encuentra control político efectivo, puede intentar disciplinar a quienes ejercen control desde la sociedad civil. Y entonces la persona deja de ser titular de derechos para ser tratada como obstáculo, sospechosa o adversaria pública.
No se trata de ingresar en una disputa partidaria. Precisamente lo contrario. Se trata de advertir un problema republicano: cuando el poder no tolera límites, tiende a presentar como enemigos a quienes se los recuerdan.
Frente a esa lógica, nuestra posición es clara: no defendemos privilegios; defendemos límites.
No nos define la etiqueta cómoda de “garantistas” ni la reacción simplista del “punitivismo”. Esa falsa oposición empobrece el debate jurídico y degrada la función del Derecho. Nuestra posición es otra: liberal y humanista. Liberal, porque entendemos que el poder público debe estar limitado por la Constitución, la ley, la prueba, el procedimiento y el control judicial. Humanista, porque ninguna persona puede ser reducida a un expediente, a una imputación, a una consigna pública o a una categoría de sospecha.
El Estado debe investigar, sancionar cuando corresponda y proteger a las víctimas, pero siempre dentro del Derecho. Investigar no es perseguir. Sancionar no es escarmentar. Gobernar no es disciplinar. Fuera de esos límites, no hay justicia: hay poder desnudo.
La defensa jurídica independiente no es una concesión graciosa del poder. Es una garantía constitucional. El abogado que interviene en casos críticos no está para agradar a funcionarios, operadores, medios o mayorías circunstanciales. Está para exigir legalidad, prueba, competencia, procedimiento, proporcionalidad, debido proceso y respeto por la dignidad de la persona involucrada.
Esa tarea puede incomodar. Debe incomodar cuando el poder se excede.
Mingarini Studio asume una matriz jurídica definida: liberalismo jurídico, iusnaturalismo, humanismo y constitucionalismo republicano. Eso significa partir de una convicción básica: la persona es anterior al expediente. Ningún acto estatal, ninguna campaña pública, ninguna decisión administrativa ni ninguna imputación puede borrar su dignidad, su derecho de defensa ni su derecho a ser tratada conforme a reglas.
El Estado no puede reemplazar la ley por intimidación. No puede sustituir la prueba por sospecha. No puede convertir la administración en castigo. No puede utilizar estructuras formales o informales de comunicación para marcar enemigos. Y no puede pretender que la defensa técnica sea vista como una interferencia ilegítima cuando, en realidad, es una condición mínima de toda sociedad civilizada.
La crítica pública es legítima. Nadie que haya ejercido funciones judiciales, litigado causas sensibles o intervenido en asuntos complejos puede pretender inmunidad frente al escrutinio. Pero una cosa es criticar y otra muy distinta es tergiversar. Una cosa es opinar y otra atribuir hechos de manera deformada. Una cosa es debatir una decisión judicial y otra convertir una trayectoria profesional en material de escarnio.
Cuando se habla de expedientes, sentencias, actuaciones profesionales o decisiones judiciales con nombre y apellido, lo mínimo exigible es consultar, contrastar, leer y contextualizar. Sin eso, no hay información seria. Hay operación.
Y las operaciones no siempre se responden con gritos, amenazas o sobreactuación. Se registran, se analizan y se enfrentan en el terreno adecuado. No toda agresión merece una respuesta formal inmediata. No toda mentira debe ser premiada con la entidad de una controversia pública. A veces, la mejor respuesta es no amplificar. Otras veces, cuando existe daño concreto, reiteración, intervención de actores identificables o utilización de estructuras de poder, corresponde evaluar las acciones legales pertinentes.
La decisión no debe nacer de la indignación. Debe nacer de la estrategia.
Lo esencial es no perder el eje. El problema de fondo no es una publicación aislada, un comentario anónimo o una edición maliciosa. El problema es la naturalización de un clima donde el poder puede señalar adversarios, alimentar versiones deformadas y pretender que quienes defienden garantías constitucionales sean presentados como obstáculos para la gestión pública.
Esa inversión moral es peligrosa. Porque cuando el abogado independiente es tratado como enemigo, cuando la defensa técnica es presentada como obstrucción y cuando el debido proceso es degradado a formalidad molesta, lo que queda en riesgo no es sólo una persona concreta. Queda en riesgo la cultura jurídica de una provincia.
El Derecho no existe para acompañar los humores del gobierno. Existe para limitarlo.
Por eso nuestra respuesta será la misma: defensa técnica, prudencia estratégica, preservación de prueba, intervención institucional cuando corresponda y absoluta negativa a aceptar el lenguaje del escarmiento. No vamos a discutir desde la caricatura que otros fabrican. Vamos a discutir desde los expedientes, los hechos, las normas y la Constitución.
La República se defiende en los casos concretos: en cada ciudadano que reclama frente a una administración abusiva; en cada profesional sometido a campañas de descrédito; en cada comerciante o empresario tratado como enemigo por exigir reglas claras; en cada empleado público expuesto a mecanismos de disciplinamiento; en cada familia angustiada por una imputación injusta; en cada causa donde la propaganda intenta ocupar el lugar de la prueba.
Frente al inquisitivismo estatal, nuestra respuesta no será el miedo.
Será el Derecho.

Rodolfo Mingarini
Abogado