Estudio Mingarini

CASO ROCÍO SOLÍS

La Corte Suprema de Santa Fe admitió la avocación en el caso Rocío Solís, redefiniendo la competencia como contencioso administrativa únicamente por tratarse de empleo público. Esto implica un giro respecto del precedente “Acosta”, que había reconocido la procedencia del amparo cuando están comprometidos salud, discapacidad y tutela urgente.

En este caso, dos sentencias laborales habían revocado un dictamen arbitrario de la Junta Médica y protegido el derecho al cuidado, aplicando la OC-31/25 de la Corte Interamericana. Fueron las únicas decisiones que abordaron la vulneración concreta sufrida por Rocío y por su hijo Iván, quien requiere asistencia permanente.
Tras la avocación, la Fiscalía de Estado presentó la queja por inconstitucionalidad denegada (Ley 7055) contra esas sentencias. La discusión constitucional continúa ante la Corte.

El problema excede este expediente: muchos trabajadores de educación, salud y seguridad enfrentan dictámenes administrativos sin control adecuado, presiones para asumir tareas incompatibles con su salud y escasa protección sindical.

Cuando la estructura reemplaza a la persona, la tutela judicial efectiva se vuelve indispensable.
Esto no es política. Es legalidad.
Rodolfo Mingarini
Director de Mingarini Studio Legale