Bajo custodia estatal: la responsabilidad es indelegable
La constitución como querellante marca el inicio de un control probatorio activo y exige una investigación independiente, rigurosa y transparente sobre cada tramo del procedimiento policial y las condiciones de detención.

Fuente propia
Muerte bajo custodia: ahora responde el Estado
La familia de Mauro Daniel González ya se constituyó como parte querellante. La muerte bajo custodia no admite explicaciones genéricas: habrá control probatorio, exigencia de transparencia y responsabilidad institucional en cada tramo del procedimiento.
Hemos asumido la asistencia técnica de la familia de Mauro Daniel González, fallecido mientras se encontraba detenido en la Comisaría 8ª de la ciudad de Santa Fe. La familia ya se ha constituido como parte querellante y ejercerá plenamente las facultades procesales que la ley le reconoce para impulsar y controlar la investigación penal en curso.
Cuando una persona es privada de su libertad, el Estado asume una posición de garante absoluto sobre su vida e integridad física. En contextos de encierro, no hay margen para explicaciones vagas ni fórmulas genéricas. Toda muerte bajo custodia exige una reconstrucción integral, científica y transparente de los hechos.
La investigación no puede limitarse a la constatación del deceso. Deberá reconstruirse la mecánica completa del procedimiento: desde la detención inicial, el traslado, las eventuales intervenciones del personal actuante y las condiciones de alojamiento, hasta los tiempos reales de control y asistencia médica dentro de la dependencia policial.
Se requerirá la preservación y análisis de toda la evidencia disponible: registros audiovisuales oficiales y privados, comunicaciones radiales, geolocalización de móviles, libros de guardia, protocolos de control sanitario y pericia forense exhaustiva que determine con precisión la mecánica lesional y su eventual vinculación causal con el fallecimiento.
En supuestos de esta naturaleza, la carga explicativa es institucional y agravada. La transparencia de la investigación no es una concesión. Es una obligación constitucional y convencional.
La conducción del sistema de seguridad provincial tiene el deber indelegable de garantizar que toda muerte ocurrida bajo custodia estatal sea esclarecida con independencia, rigor técnico y control externo efectivo. No se trata de un episodio aislado. Se trata de la credibilidad del Estado de Derecho.
La familia no busca declaraciones. Busca verdad, responsabilidad y justicia.
